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Servicios En Estados Unidos

En Carbonell + Zapata, S.C., le ofrecemos absoluta transparencia y confianza. Contamos con una terna de abogados para los servicios migratorios en los que requiera de un abogado de inmigración en Estados Unidos*, en servicios como:

Visas de Inversionista
E-2

Esta visa de no inmigrante permite a un mexicano por virtud del tratado comercial que se mantiene con Estados Unidos a ser admitido en Estados Unidos cuando invierte una cantidad sustancial de capital en una empresa estadounidense. Ciertos empleados de dicha persona o de una organización cualificada también pueden ser elegibles para esta clasificación.

EB-5

Programa de Inversionistas Inmigrantes. Bajo este programa, los inversionistas (y sus cónyuges e hijos solteros menores de 21 años) son elegibles para solicitar la residencia permanente ( convertirse en poseedor de una tarjeta de residente permanente) si:


1. Realizan la inversión necesaria en una empresa comercial en los Estados Unidos; y


2. Planifican crear o conservar 10 empleos permanentes para trabajadores estadounidenses cualificados.


Visas de No Inmigrante

Las visas de no inmigrante en Estados Unidos se clasifican en las siguientes categorías:

  1. Trabajadores temporales: Esta categoría incluye visas para trabajadores de temporada, trabajadores temporales especializados, y trabajadores religiosos.

Las visas de trabajadores temporales se otorgan a personas que viajan a los Estados Unidos para trabajar temporalmente. Las visas de trabajadores temporales más comunes son las siguientes:

H-1B

Para trabajadores altamente calificados.

H-2A

Para trabajadores agrícolas temporales.

H-2B

Para trabajadores temporales no agrícolas.


Visas E1
E1

La clasificación de no inmigrante E-1 permite que un extranjero de un país con el que Estados Unidos mantiene un tratado de comercio y navegación, o con el que Estados Unidos mantiene un acuerdo internacional calificado, o que ha sido considerado un país calificado por Ley, pueda ser admitido en los Estados Unidos únicamente para participar en el comercio internacional. Ciertos empleados esenciales o supervisores del comerciante internacional o de una empresa calificada también pueden ser elegibles para esta clasificación.


Visas E2
E2

La clasificación de no inmigrante E-2 permite a un ciudadano de un país con el que Estados Unidos mantiene un tratado de comercio y navegación, o con el que Estados Unidos mantiene un acuerdo internacional calificado, o que ha sido considerado un país calificado por Ley, ser admitido en los Estados Unidos al invertir una cantidad sustancial de capital en un negocio estadounidense.


Visas O
O

La visa de no inmigrante O-1es para la persona que posee una habilidad extraordinaria en las ciencias, las artes, la educación, los negocios o el atletismo, o que tiene un historial demostrado de logros extraordinarios en la industria cinematográfica o televisiva y ha sido reconocido a nivel nacional o internacional por esos logros.


Visas TN2
TN2

El Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) que entró en vigor el 1 de enero del año 1994 y que se transformó en T-MEC el 1 de julio de 2020, creó relaciones económicas y comerciales especiales para Estados Unidos, Canadá y México. La clasificación no inmigrantes TN permite a los ciudadanos mexicanos calificados solicitar entrada temporal a Estados Unidos para dedicarse a actividades comerciales a nivel profesional. La visa TN de no inmigrante derivada del T-MEC, permite a algunos ciudadanos mexicanos con cierto tipo de título universitarios, trabajar en los Estados Unidos en actividades comerciales preestablecidas para empleadores estadounidenses o extranjeros.


Visas de Migrantes

Se clasifican en las siguientes categorías:

  1. Familiares: Esta categoría incluye visas para cónyuges, hijos, padres, y hermanos de ciudadanos estadounidenses y residentes permanentes legales.
  2. Trabajo: Esta categoría incluye visas para trabajadores calificados y no calificados.
  3. Humanitarios: Esta categoría incluye visas para refugiados, asilados, y personas que tienen necesidades especiales.

Visas Familiares

Las visas familiares se otorgan a personas que tienen un parentesco cercano con un ciudadano estadounidense o residente permanente legal. Las visas familiares más comunes son las siguientes:

K-1

Para prometidos de ciudadanos estadounidenses.

K-2

Para hijos menores de 21 años de prometidos de ciudadanos estadounidenses.

K-3

Para cónyuges de ciudadanos estadounidenses que están tramitando su residencia permanente.

K-4

Para hijos menores de 21 años de cónyuges de ciudadanos estadounidenses que están tramitando su residencia permanente.

F2A

Para hijos y nietos de ciudadanos estadounidenses.

F2B

Para hermanos de ciudadanos estadounidenses.

CR1

Para cónyuges de residentes permanentes legales.

IR1

Para padres de ciudadanos estadounidenses.

IR2

Para hijos solteros de ciudadanos estadounidenses mayores de 21 años.

IR3

Para hijos casados de ciudadanos estadounidenses.

IR4

Para nietos de ciudadanos estadounidenses menores de 21 años.


Visas de Trabajo

Las visas de trabajo se otorgan a personas que tienen habilidades o experiencia que son necesarias en los Estados Unidos. Las visas de trabajo más comunes son las siguientes:

EB-1

Para trabajadores de extraordinaria habilidad, logros académicos sobresalientes, o quienes tienen una oferta de trabajo de una empresa estadounidense.

EB-2

Para trabajadores con habilidades extraordinarias, trabajadores profesionales, y trabajadores con habilidades especiales.

EB-3

Para trabajadores calificados y no calificados.

H-1B

Para trabajadores altamente calificados.

L-1

Para empleados transferidos de una empresa extranjera a una sucursal de la misma empresa en los Estados Unidos.

O-1

Para personas con habilidades extraordinarias en ciencias, artes, educación, negocios, o atletismo.

P-1

Para artistas y atletas que son miembros de grupos reconocidos internacionalmente.

Q

Para participantes en programas de intercambio cultural.

R-1

Para ministros religiosos.